El IVA, conocido también como Impuesto sobre el Valor Añadido, es un impuesto indirecto que grava el consumo doméstico de bienes y servicios que se producen a nivel nacional o internacional, que es aplicado en muchos países y generalizado en la Unión Europea. Este impuesto es fundamental al brindar el 29.1% de la recaudación total tributaria, es decir, la función administrativa conducente al cobro de las deudas.
Cabe señalar que hay 3 preceptos que determinan la aplicación del IVA:
- La venta de juegos de suerte a excepción de la lotería.
- La venta y la importación de bienes físicos que no son descartados del impuesto en el estatuto tributario.
- El cobro de retribuciones por prestación de servicios.
- La importación de bienes físicos.
A continuación te mostramos los tipos de IVA.
IVA general
El IVA general es un impuesto aplicado a los bienes o servicios, por defecto, cuando ninguno de los otros tipos de IVA resultan. Este supone el 21%, el cual se aplica a todos los productos y servicios, salvo que este tenga un gravamen reducido o superrreducido. Por esta razón, algunos de los productos como el tabaco, la mochila o el ordenador, y diversos servicios como la reparación del coche, entran dentro de esta clasificación.
IVA reducido
El IVA reducido posee un tipo impositivo más bajo que el IVA general. Este supone el 10% de la cuantía pagada, aplicándose a diversos productos y servicios, los cuales vamos a comentar a continuación:
- Productos para la nutrición humana y animal, exceptuando el tabaco y la bebida con alcohol.
- Fármacos para el consumidor final, ya sea un humano o un animal.
- Animales, vegetales y otros productos que están dirigidos a la obtención de alimentos.
- Bienes que se usan en diversas actividades relacionadas con la agricultura, la forestación y la ganadería.
- Hogares, garajes y todo aquello relacionado con la vivienda.
- Importación de antigüedades y objetos de arte y de colección.
- Agua que sirve para la alimentación o para aportar a los cultivos y así satisfacer sus necesidades hídricas.
- Productos farmacéuticos como las gasas, las vendas o las tiritas.
- Productos para la higiene íntima y los métodos anticonceptivos como el preservativo.
- Gafas graduadas, lentillas y productos para su cuidado.
IVA superreducido
El IVA superreducido es un impuesto de 4% que se aplica a los bienes y los servicios que se consideran, ante el régimen constitucional, como bienes de primera necesidad, es decir, se considera esencial para la supervivencia de las personas. Al ser de primera necesidad, el impuesto es el de menor porcentaje entre las tres clases de IVA.
Según el artículo 91 de la Ley del Impuesto del Valor Añadido, se aplica el tipo del 4% a las entregas, adquisiciones intracomunitarias (compras de bienes realizadas a países miembros de la Unión Europea) o introducción de productos extranjeros:
- Alimentos básicos como leche, huevos, harina, fruta, verduras, etc.
- Libros, periódicos y revistas.
- Medicamentos y tratamientos médicos.
- Automóviles adaptados a personas con movilidad reducida.
- Prótesis, ortesis e implantes internos.
- Servicios de teleasistencia y ayuda a domicilio.